Consejo de Laodicea (363-364) – Canón 35 contra el culto excesivo a los ángeles (Mansi vol. 2)

## Concilio de Laodicea (363-364)**Concilio:** Particular de Laodicea**Ubicación:** Laodicea (Frigia, Asia Menor), actual Turquía**Fecha:** 363-364 d.C. (durante el pontificado de Libério)**Número de cánones:** 60 (incluyendo el canon 35 contra la adoración excesiva a los ángeles)**Fuente:** Mansi vol. 2, col. 561-600## Texto latino, Canon 35:> «Non oportet christianos ecclesiam Dei derelinquere et abire, atque angelos nominare, et congregationes facere, quae prohibita noscuntur. Si quis igitur inventus fuerit huic occultae idolatriae vacans, sit anathema, quia derelinquit Dominum nostrum Iesum Christum, Filium Dei, et idolatriae accessit.»## Traducción portuguesa, Canon 35:> «Não convém que os cristãos abandonem a Igreja de Deus e se ausentem para invocar nominalmente os anjos e fazer reuniões que são reconhecidas como proibidas. Se alguém então for encontrado a praticar esta idolatria oculta, seja anátema, porque abandonou o nosso Senhor Jesus Cristo, Filho de Deus, e aderiu à idolatria.»## Contexto histórico:En el siglo IV, en Frigia, ciertos grupos cristianos marginales (especialmente los montanistas y seguidores de pseudo-místicos) tendían a:* Invocar nominalmente «siete ángeles» (a veces más) con nombres no bíblicos. * Realizar reuniones secretas en honor a los ángeles. * Considerar a los ángeles como «mediadores autónomos» entre Dios y los hombres. * Sustituir la oración a Cristo por la invocación directa a los ángeles. * Atribuir a los ángeles «poderes» específicos (curar enfermedades, predecir el futuro).Estas prácticas, derivadas en parte del gnosticismo y de la magia siro-babilónica, amenazaban la centralidad cristológica de la fe. El Concilio de Laodicea responde con firmeza: no está prohibido el culto legítimo a los ángeles (que ya existía), pero se prohíbe su invocación **idolátrica**, que se aparta de Cristo.## Los tres principios doutrinales establecidos:1. **Centralidad de Cristo:** Cualquier culto angélico debe estar subordinado a Cristo, no en paralelo a él. 2. **Cuidados pastorales:** Los fieles no pueden abandonar la Iglesia para asistir a **reuniones secretas** con finalidad angelolátrica. 3. **Limite de los nombres:** Se debe evitar invocar nominalmente ángeles cuyos nombres no fueron revelados por la Sagrada Escritura o por la Tradición oficial de la Iglesia.## Continuidad en el Magisterio:Los principios del canon 35 del Concilio de Laodicea fueron retomados en posteriores concilios y enseñanzas de la Iglesia.
  • Consejo de San Patricio (Irlanda, siglo V): condena la invocación de otros ángeles además de los canónicos.
  • Consejo Romano de 745 (bajo Zacarías): condena a San Aldeberto de Francia por invocar ángeles con nombres no canónicos como Uriel, Raguel, Tubuel, Miguel, Inias, Tubuas, Sabaoc y Simiel.
  • Consejo de Aix-la-Chapelle (798/799): prohíbe la representación en pinturas de ángeles con nombres no bíblicos.
  • San Tomás de Aquino (Suma Teológica II-II, q. 92): retoma en la escolástica los principios anti-angelolátricos.
  • Catecismo Romano (1566): mantiene el principio, el culto legítimo a los ángeles excluye la invocación por nombres no revelados.
  • CDF, Decisión sobre Opera Angelorum (1983): aplicación contemporánea de los mismos principios.

Los otros cánones marianos de Laodiceia

Más allá del canon 35, el Concilio de Laodiceia aborda la angeología indirectamente:

  • Canon 36: prohíbe que los clérigos practiquen magia, encantamientos o astrología (relacionado con la supuesta invocación de espíritus).
  • Canon 37: prohíbe celebrar festividades con herejes o judíos (preserva la unidad litúrgica del culto cristiano).

Significado para la devoción angélica católica

El canon 35 de Laodiceia establece lo que será el equilibrio católico permanente entre la devoción angélica legítima y la angelolatría:

Devoción LegítimaAngelolatria Prohibida
Veneración a los tres arcanjos canónicos (Miguel, Gabriel, Rafael)Invocación nominal de ángeles no bíblicos.
Devoción al Ángel de la GuardaReuniones ocultas con finalidad angelolátrica.
Liturgia angélica (Sanctus, Te Deum)Sustitución del culto a Cristo por el culto a los ángeles.
Oraciones personales a los ángelesAtribución de «poderes mágicos» específicos a los ángeles.

Herencia litúrgica

La liturgia católica reconoce el equilibrio de Laodiceia:

  • Fiesta de los Tres Arcanjos (29 septiembre): celebra solo a Miguel, Gabriel y Rafael.
  • Fiesta de los Ángeles de la Guarda (2 octubre): no individualiza nombres.
  • Liturgia de las Horas: invoca «a todos los santos ángeles» colectivamente.
  • Misas votivas de los ángeles: limitadas a textos bíblicos sobre los tres arcanjos.

Lectura complementaria

San Miguel | San Gabriel | San Rafael | Ángeles de la Guarda | CDF Opera Angelorum | San Tomás, Tratado de los Ángeles

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