Pío IV y la profesión de fe tridentina – Bula *Injunctum Nobis* (Doctrina pontifical IV, nn. 166-167)

Pio IV (1559-1565) es el papa que concluyó el Concilio de Trento y promulgó la *Profesión de Fe Tridentina*, gran símbolo de la Contrarreforma, que incluye una cláusula mariana explícita. La Bula *Iniunctum Nobis* (13 de noviembre de 1564), que publica esta Profesión de Fe, es uno de los documentos marianos más importantes del siglo XVI.

ColecciónDoctrina Pontificia IV: Documentos Marianos, nn. 166-167
PapaPio IV (1559-1565)
DocumentoBula *Iniunctum Nobis*, 13 de noviembre de 1564
TemaProfesión de Fe Tridentina, cláusula mariana obligatoria

La Profesión de Fe Tridentina y María

La Profesión de Fe Tridentina, exigida a todos los obispos, sacerdotes, profesores de teología y conversos al catolicismo, incluye una cláusula mariana obligatoria. Esta cláusula resume la posición mariológica de Trento en tres afirmaciones:

  1. Canonicidad de las Escrituras sobre María: Los textos bíblicos sobre María son Escritura canónica e inspirada, no son leyendas piadosas.
  2. Tradición sobre María: La tradición apostólica sobre la maternidad divina y la virginidad perpetua de María es vinculante, no puede ser negada en nombre de *sola Scriptura*.
  3. Veneración legítima de María: La veneración de María, sus reliquias y sus imágenes es legítima y cristianamente recomendable, contra la iconoclasia protestante.

«*Profiteor quoque… Sacramenta… Novem et septem esse… et sanctos… invocandos esse… et eorum imagines venerandas… item sanctam catholicam et apostolicam Romanam Ecclesiam omnium Ecclesiarum matrem esse y magistram agnosco»

n. 166, bula *»Iniunctum Nobis»* (13 de noviembre de 1564)

La Bula en sí, que publica y hace obligatoria la Profesión de Fe Tridentina para todas las categorías especificadas por el Concilio, es relevante porque:

  • Hace obligatoria la creencia en la maternidad divina y la virginidad perpetua para quienes ejercen funciones eclesiásticas.
  • Prohíbe implícitamente la enseñanza de cualquier doctrina que niegue estos puntos.
  • Establece la base jurídica para censurar las posiciones protestantes sobre María.

n. 167, aplicación y decreto complementario

El Decreto Complementario (n. 167) extiende la obligación de la Profesión de Fe Tridentina a nuevas categorías: profesores universitarios de filosofía y teología, quienes deben profesar la fe mariana antes de iniciar su enseñanza. Es una protección de la ortodoxia mariológica en las universidades católicas, relevante en un momento en que el erasmismo y el humanismo tendían a minimizar la mariología.

Lectura complementaria

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