Pío IV y la profesión de fe tridentina – Bula Injunctum Nobis (Doctrina pontifical IV, nn. 166-167)

Pío IV (1559-1565) es el papa que concluyó el Concilio de Trento y promulgó la Profesión de Fe Tridentina, gran símbolo de la Contrarreforma, que incluye una cláusula mariana explícita. La Bula Iniunctum Nobis (13 de noviembre de 1564), que publica esta Profesión de Fe, es uno de los documentos marianos más importantes del siglo XVI.

ColecciónDoctrina Pontificia IV: Documentos Marianos, nn. 166-167
PapaPío IV (1559-1565)
DocumentoBula Iniunctum Nobis, 13 de noviembre de 1564
TemaProfesión de Fe Tridentina, cláusula mariana obligatoria

La Profesión de Fe Tridentina y María

La Profesión de Fe Tridentina, exigida a todos los obispos, sacerdotes, profesores de teología y conversos al catolicismo, incluye una cláusula mariana obligatoria. Esta cláusula resume la posición mariológica de Trento en tres afirmaciones:

  1. Canonicidad de las Escrituras sobre María: Los textos bíblicos sobre María son Escritura canónica e inspirada, no son leyendas piadosas.
  2. Tradición sobre María: La tradición apostólica sobre la maternidad divina y la virginidad perpetua de María es vinculante, no puede ser negada en nombre de sola Scriptura.
  3. Veneración legítima de María: La veneración de María, sus reliquias y sus imágenes es legítima y cristianamente recomendable, contra la iconoclasia protestante.

«Profiteor quoque… Sacramenta… Novem et septem esse… et sanctos… invocandos esse… et eorum imagines venerandas… item sanctam catholicam et apostolicam Romanam Ecclesiam omnium Ecclesiarum matrem esse et magistram agnosco»

n. 166, bula «Iniunctum Nobis» (13 de noviembre de 1564)

La Bula en sí, que publica y hace obligatoria la Profesión de Fe Tridentina para todas las categorías especificadas por el Concilio, es relevante porque:

  • Hace obligatoria la creencia en la maternidad divina y la virginidad perpetua para quienes ejercen funciones eclesiásticas.
  • Prohíbe implícitamente la enseñanza de cualquier doctrina que niegue estos puntos.
  • Establece la base jurídica para censurar las posiciones protestantes sobre María.

n. 167, aplicación y decreto complementario

El Decreto Complementario (n. 167) extiende la obligación de la Profesión de Fe Tridentina a nuevas categorías: profesores universitarios de filosofía y teología, quienes deben profesar la fe mariana antes de iniciar su enseñanza. Es una protección de la ortodoxia mariológica en las universidades católicas, relevante en un momento en que el erasmismo y el humanismo tendían a minimizar la mariología.

Lectura complementaria

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